dijous, 23 de març del 2017

ESPAÑA: Indemnizan a una divorciada con 45.000 euros por dos décadas de trabajo en el hogar


El Tribunal Supremo avala la sentencia por la que la Audiencia de Zaragoza reconoce ese derecho a las mujeres casadas en régimen de separación de bienes.




Vendría a equivaler, aunque no lo es, a la indemnización por despido que podría corresponderle a un técnico cualificado con dos décadas de antigüedad en una empresa: una zaragozana ha obtenido en el Supremo 45.986 euros como “compensación económica por razón del trabajo para la casa” durante los años que estuvo casada con su exmarido, en los que asumió el papel principal en la crianza de sus dos hijas.

La Sala Primera del Tribunal Supremo acaba de desestimar el recurso por el que un F. C. intentó revocar la sentencia de la Audiencia Provincial de Zaragoza que le obliga a pagar esa cantidad a su exesposa M. R., funcionaria desde hace más de dos décadas, como medio para paliar el “desequilibrio patrimonial que tiene lugar cuando uno de los cónyuges en régimen de separación de bienes, genera recursos patrimoniales que no invierte en la atención de las necesidades familiares, y el otro no genera tales recursos, cuando ha sido quien más ha soportado sus cargas no económicas, y no ha sido retribuido económicamente por ello o lo ha sido de modo insuficiente”.

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